El Congreso Nacional aprobó la noche del pasado miércoles una reforma a los artículos 36 y 44 de la Ley de Tarjetas de Crédito. Estas reformas permitirán que los tarjetahabientes que realicen pagos inferiores, iguales o superiores al saldo total del último estado de cuenta puedan aplicarlos a sus saldos iniciales adeudados más antiguos.
Esto generará un menor pago de intereses en sus transacciones, ya que la aplicación de los pagos se realizará a los cargos más recientes. El saldo a capital sobre el cual ya se hayan pagado intereses deberá considerarse como un cargo nuevo en la fecha de corte, limitándose así el cobro de intereses acumulados.
Artículo 36: “Cuando el saldo total, conformado por el inicial adeudado más las compras, retiros y otros cargos detallados en el último estado de cuenta, sea totalmente cancelado entre la fecha de corte y la fecha de vencimiento de pago establecida en el mismo, no se deben generar intereses a cargo del tarjetahabiente”, cita el artículo.
Seguidamente, señala que todos los pagos realizados por el tarjetahabiente se aplicarán de manera prioritaria a aquellos cargos más antiguos, sin importar el estado de cuenta al que correspondan.

Los intereses se deben calcular sobre el saldo de capital no cancelado, tomando como referencia la fecha de cada transacción no pagada, hasta la fecha en que se cancele lo adeudado o la fecha de corte siguiente, lo que ocurra primero”
continúa el artículo 36.
La reforma concluye que, en cualquier caso, el saldo de capital sobre el cual ya se haya pagado interés se debe considerar como un cargo nuevo en la fecha de corte en que se calcularon y aplicaron los intereses respectivos.
Artículo 44: Los establecimientos comerciales afiliados serán responsables de identificar al tarjetahabiente y de obtener su firma al momento de hacer uso de la tarjeta de crédito.
Finaliza señalando que las sociedades emisoras de tarjetas de crédito tendrán la obligación de incluir en sus contratos con los afiliados comerciales lo referente a este artículo, con la finalidad de su fiel cumplimiento.
¿Beneficio para la población?
El vicepresidente del Congreso Nacional, Rasel Tomé, asegura que esta es una medida que beneficiará a toda la población hondureña, aliviará la carga de pago de intereses y contribuirá poco a poco a fomentar una mejor cultura financiera.
Era importante definir con claridad que solo deben cobrarse intereses justos, que no se puede recargar cobrando intereses sobre saldos ya cubiertos. Además, el ciudadano podrá generar una mejor cultura del uso de estas tarjetas. Honduras necesita ir construyendo poco a poco esta cultura del manejo adecuado de las finanzas y evitar el sobreendeudamiento de la clase trabajadora”.
Asimismo, el congresista dio a conocer que pronto buscarán reformar leyes que protejan a los guardias de seguridad, quienes no cuentan con un salario digno y son obligados a trabajar extensas jornadas sin pago de horas extras.
Por otro lado, la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa señaló que esta reforma a la Ley de Tarjetas de Crédito debe analizarse cuidadosamente, ya que, según la forma en que está planteada, podría representar un retroceso para la economía del país.
Sin embargo, diputados de bancadas oficialistas y de oposición aseguran que se trata de una mala interpretación de la ley, ya que esta busca evitar que las compañías cobren intereses sobre capital que ya ha sido pagado.